viernes, 27 de junio de 2014

DOS CENTROS DE EXTREMADURA, CALIFICADOS COMO CENTROS DE REFERENCIA NACIONAL EN FORMACIÓN PROFESIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se califican como Centros de Referencia Nacional a la Escuela Superior de Hostelería y Agroturismo de Extremadura, en el área profesional Agroturismo de la familia profesional Hostelería y turismo, y al Centro Nacional de Formación Ocupacional de Don Benito (Badajoz), en el área profesional Agricultura de la familia profesional Agraria, en el ámbito de la formación profesional.

Se trata de los dos primeros centros que se califican de todos los que forman la red nacional formado por cincuenta centros -al menos, uno por cada Comunidad Autónoma-. Estos centros dan cobertura a todas las familias profesionales en las que se estructura el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, abarcando a todos los sectores productivos.

Los Centros de Referencia Nacional, regulados por un Real Decreto del 15 de febrero de 2008, han sido concebidos como una institución al servicio de los sistemas de formación profesional. Su objetivo es facilitar una formación profesional más competitiva y dar respuesta a los cambios en la demanda de cualificación de los sectores productivos. Se distinguen por programar y llevar a cabo acciones de carácter innovador, experimental y formativo en materia de formación profesional que sirvan de referente al conjunto del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales. Su trabajo constituye un referente orientador para el sector productivo y formativo.


Fuente: Consejo de Ministros 27/06/2014

lunes, 16 de junio de 2014

Formación Profesional para el Empleo. Modalidad de Teleformación

El Boletín Oficial del Estado en su edición de hoy, 16 de junio de 2014, publica la siguiente resolución: 

  • Resolución de 26 de mayo de 2014, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula la acreditación e inscripción de centros y entidades de formación que imparten, en la modalidad de teleformación, formación profesional para el empleo en el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal. PDF (BOE-A-2014-6338 - 33 págs. - 692 KB)  Otros formatos


Esta Resolución publicada por el Servicio Público de Empleo Estatal exige que los tutores‐formadores de teleformación, además de cumplir con los requisitos de los Reales Decretos específicos que regulan cada uno de los Certificados de Profesionalidad, en la disposición quinta, acrediten mediante un diploma una formación de al menos 30 horas de duración cuya evaluación sea positiva.


domingo, 16 de febrero de 2014

Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales acumulables

En el BOCyL del 24 de octubre se publicó ORDEN EYE/867/2013, de 22 de octubre, por la que se crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables expedidas en Castilla y León y se establece el procedimiento de expedición e inscripción.

Se crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables adscrito a la Consejería competente en materia de empleo, a través del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

Los modelos de solicitudes de inscripción y expedición de ambos documentos contenidos en los Anexos II y III están a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de la Comunidad de Castilla y León: www.tramitacastillayleon.com.

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