domingo, 31 de marzo de 2019

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN PARA ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES ADQUIRIDAS POR VÍAS NO FORMALES DE FORMACIÓN DE LA FAMILIA PROFESIONAL SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD (JUVENTUD) 2019


OBJETO:
Convocar, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, procedimiento de asesoramiento y evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de vías no formales de formaciónpara unidades de competencia de las familias profesionales de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. 

Las unidades de competencia objeto de acreditación son las recogidas en el Anexo I pertenecientes a las siguientes cualificaciones profesionales:
  • SSC564_2 Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
  • SSC567_3 Informador juvenil.
  • SSC565_3 Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil.

El número máximo de plazas convocadas en el presente procedimiento será de 1.500 distribuidas según el Anexo II, que podría ser ampliado una vez finalizado el plazo de solicitud, en función del número de candidatos presentados.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Personas que deseen participar en el procedimiento y cumplan los requisitos.



PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN PARA ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES ADQUIRIDAS POR EXPERIENCIA LABORAL O DE VÍAS NO FORMALES DE FORMACIÓN DE LA FAMILIA DE INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO 2019


OBJETO:
Convocar, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, procedimiento de asesoramiento y evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación para unidades de competencia de la familia profesional Instalación y Mantenimiento, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. 

Las unidades de competencia objeto de acreditación son las recogidas en el Anexo I. El número máximo de plazas convocadas en el presente procedimiento será de 100 que podría ser ampliado una vez finalizado el plazo de solicitud, en función del número de candidatos presentados.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Personas que deseen participar en el procedimiento y cumplan los requisitos.






viernes, 2 de febrero de 2018

Convocatoria de pruebas de evaluación de las competencias clave en Castilla y León

La ORDEN EMP/80/2018, de 19 de enero, regula las pruebas de evaluación de las competencias clave necesarias para el acceso a la formación de los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3. Se realizarán pruebas de competencia matemática y de comunicación en lengua castellana, en el nivel que corresponda. Además para aquellos que incluyan un módulo de lengua extranjera se requerirá pruebas de competencia en comunicación en lengua extranjera en el correspondiente nivel.
 Las pruebas, de carácter presencial, se podrán realizar, bien directamente por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, bien a través de centros formativos autorizados.
Pruebas realizadas por el ECYL:
  •  La Resolución de convocatoria establecerá la composición de la comisión de evaluación, los criterios de calificación, el plazo y la forma para la inscripción, los lugares y las fechas de realización de las mismas.
Pruebas realizadas por centros autorizados:
  • El ECYL podrá autorizar a los centros de formación acreditados para la impartición de formación conducente a la obtención de certificados de profesionalidad, la realización de pruebas con los siguientes requisitos:
a) Que el centro tenga concedida subvención para la impartición de una acción formativa conducente a la obtención de certificado de profesionalidad o acreditación parcial acumulable, o pretenda su impartición no financiada con fondos públicos.
b) Que del procedimiento de selección de alumnos para esa acción formativa resulte que no hay suficientes candidatos que cumplan los requisitos de acceso establecidos en el artículo 20.2 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero.
Fuente: Internet/Prensa/Otras fuentes. BOCYL 02/02/2018
Comunidad autónoma: Castilla y León
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